Waili Tatiana Gamboa Martínez
Una
de las ideas implantadas por las revoluciones burguesas fue la necesidad de
construir regímenes políticos donde el poder pudiera separarse, como la separación del poder político
del religioso y el poder civil del militar “…para introducir el control de unos sobre otros
mediante un sistema de pesos y contrapesos”[1] de esta manera se distribuyó el poder de hacer las
leyes, el poder de hacerlas cumplir y el encargado de dirimir los conflictos,
es decir, poderes legislativo, Ejecutivo y Judicial.
La forma del Gobierno es la manera particular cómo se
organiza la relación entre las tres ramas del poder público, y dentro de esta
relación la forma como se constituye y origina el Gobierno.[2]
El poder ejecutivo estará formado por el Presidente de
la República, vicepresidente, por los
ministros de despacho y por los directores de departamentos administrativos,
así como por los gobernadores, alcaldías, superintendencias, establecimientos
públicos y empresas industriales o comerciales del Estado.
El poder legislativo está formado por dos cámaras: la Cámara de Representantes con 161 miembros y el Senado con 102. Los miembros de ambas cámaras son
elegidos de forma directa por sistema proporcional, la duración de su mandato
es de cuatro años. “La abstención
electoral junto con el fraccionamiento de los partidos políticos ha debilitado
el papel del Congreso como órgano legislador y como centro del debate político
y es muy impopular debido a la existencia de prácticas clientelares y de
corrupción.”[3]
La rama judicial la forman la Corte Constitucional, la
Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de
Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los tribunales y jueces civiles y
militares. A la vez, el Congreso también podrá ejercer determinadas funciones
legislativas.
Colombia es un país presidencialista desde 1821, es decir que el presidente de la
república es el jefe de Estado, de gobierno y suprema autoridad administrativa, nombra los ministros o secretarios, jefe o comandante
en jefe de las Fuerzas Armadas del Estado, y en algunos esquemas incide en las
decisiones legislativas y judiciales. El presidente se elige por voto de todos/as los/las ciudadanos/as
del país mayores de 18 años por un período de cuatro años.
Desde hace muchos años se ha debatido sobre la
conveniencia de introducir un régimen parlamentario en Colombia. “Se ha postulado esta tesis como una de las
reformas necesarias para la profundización de la democracia en Colombia y para
generar un marco institucional que propicie políticas que la haga más real, en
cuanto más inclusiva y eficaz en materia de justicia social”.[4]
Sin embrago ya que Colombia es un país que atraviesa
por un fuerte conflicto amado es importante según Hernando Gómez Buendía[5]
que en estos momentos se requiere reforzar el presidencialismo en Colombia como
una manera de proteger las instituciones en una situación de guerra y de otras
amenazas y que, por lo tanto el
parlamentarismo sería una opción que se puede considerar una vez se alcance la
paz.
Bibliografía:
Sistema político. Tomado de: http://www.solidaritat.ub.edu/observatori/esp/colombia/datos/sistema1.htm#anchor225592 Citado el 15 de Abril 2015.
SOACHA,
Nelson. El régimen presidencial en
Colombia. Disponible en internet: http://www.escuelagobierno.org/inputs/regimen%20presidencialista.pdf Citado el 15 de Abril 2015.
x
[1] SOACHA, Nelson. El
régimen presidencial en Colombia. Disponible en internet: http://www.escuelagobierno.org/inputs/regimen%20presidencialista.pdf Citado el 15 de Abril 2015.
[2] Ibidem
[3]Sistema político. Tomado de: http://www.solidaritat.ub.edu/observatori/esp/colombia/datos/sistema1.htm#anchor225592 Citado el 15 de Abril 2015.
[4] Sistema político. Tomado de: http://www.solidaritat.ub.edu/observatori/esp/colombia/datos/sistema1.htm#anchor225592
Citado el 15 de Abril 2015.
[5] SOACHA, Nelson. El régimen presidencial
en Colombia. Disponible en internet: http://www.escuelagobierno.org/inputs/regimen%20presidencialista.pdf Citado el 15 de Abril 2015.
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